Incluye Monterrey figura de Participación Ciudadana

Para fortalecer la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones municipales, el Cabildo de Monterrey aprobó modificar el Reglamento de Participación Ciudadana en donde se incluye la figura de Participación Ciudadana Pública y por Invitación, Referéndum y Plebiscito.

Así como se pondrá a Consulta Pública la figura del Presupuesto Participativo que tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la ciudadanía para considerarlos en el presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Así mismo optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas.

“Quisiera reconocer el trabajo que han realizado los integrantes de éste Ayuntamiento para presentar esta alternativa para los ciudadanos, pero en especial quiero reconocer a los integrantes de la Comisión de Gobernación por todo el tiempo dedicado y a la presidenta de la misma. Este día, estoy segura será histórico, Monterrey dará de nueva cuenta un paso más para avanzar a una democracia y sobre todo, una ciudad más justa para todos”, dijo Arellanes

El documento establece que:-

«Las consultas ciudadanas son instrumentos de participación ciudadana, a través de los cuales los vecinos del Municipio de manifiestan sus opiniones, sus propuestas y planteamientos respectos a un asunto municipal o de trascendencia para el Municipio en términos de la convocatoria. El referéndum es un instrumento de participación directa mediante el cual, la ciudadanía manifiesta su aprobación o rechazo sobre la creación, modificación, derogación o abrogación de reglamentos o de disposición administrativa de observancia general, competencia del Ayuntamiento. Es facultad  exclusiva del Ayuntamiento decidir por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes si somete o no a Referéndum la creación, modificación administrativa de observancia general competencia del Ayuntamiento. La realización del Referéndum estará sujeta a diversas reglas».

El dictamen señala a través del Plebiscito, dos terceras partes del Ayuntamiento o el Presidente Municipal podrá consultar a los electores para que expresen su aprobación  o rechazo previo a actos o decisiones del mismo, que a su juicio sean trascendentes para la vida pública del municipio.

“Podrán solicitar al Ayuntamiento o al Presidente Municipal que convoque a plebiscito, las dos terceras partes del Ayuntamiento o por lo menos el 2% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal electoral, cuyo domicilio esté en el Municipio de Monterrey quienes deberán anexar a su solicitud un listado con sus nombres, firmas y claves de su credencial de elector”, establece el documento.

 

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