Las personas que incumplan con el pago de pensiones alimenticias podrán enfrentar el embargo parcial de recursos depositados en sus cuentas de ahorro para el retiro, luego de que el Congreso de Nuevo León aprobara una reforma al Código Civil estatal para ampliar los mecanismos de protección a favor de niñas, niños y adolescentes.
La modificación permitirá que un juez autorice, en circunstancias específicas, la disposición de una parte de los recursos acumulados en una AFORE cuando el deudor alimentario no cuente con empleo, carezca de ingresos suficientes y mantenga incumplida su obligación de proporcionar alimentos.
La nueva disposición establece que el acceso a estos recursos será una medida excepcional y únicamente podrá aplicarse tras acreditar que no existen otras fuentes de ingreso disponibles para cubrir la pensión correspondiente.Antes de recurrir al saldo destinado al retiro, deberán agotarse las aportaciones voluntarias que existan en la cuenta individual.
Sólo en caso de resultar insuficientes podrá analizarse la utilización de otros recursos contemplados dentro del ahorro pensionario.La reforma también incorpora límites para evitar afectaciones mayores al patrimonio del trabajador.
El monto sujeto a embargo no podrá rebasar el equivalente a 65 días de salario mínimo vigente ni superar el 10 por ciento del saldo total de la cuenta individual, aplicándose siempre la cantidad menor.
Con este cambio legal, el Estado incorpora una nueva herramienta para garantizar el cumplimiento de obligaciones alimentarias y reforzar la protección económica de menores de edad que dependen de estos recursos para cubrir necesidades básicas relacionadas con alimentación, educación, salud y desarrollo integral.
La medida forma parte de las acciones legislativas encaminadas a fortalecer los mecanismos de cobro de pensiones alimenticias y priorizar el interés superior de la niñez cuando existan incumplimientos por parte de quienes tienen la obligación legal de proporcionar sustento.