Aprueban sea delito suplantación de identidad

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La Comisión de Justicia y Seguridad Pública aprobó reformas al Código Penal para tipificar como delito la suplantación de identidad.

Con las modificaciones al artículo 444 del Código Penal comete el delito de suplantación de identidad quien se atribuye por cualquier medio la identidad de otra persona u otorgue su consentimiento para llevar la suplantación de su identidad, produciendo con ello un daño moral, obteniendo un lucro o provecho indebido.

“Esta es una reforma que hemos tratado en mesa de trabajo de la comisión y se tomó la decisión de incursionarlo en el Código Penal”, dijo Francisco Cienfuegos Martínez, presidente de la Comisión.

La reforma establece sancionar con prisión de 3 a 8 años y multa de mil a 2 mil cuotas a quien cometa este delito.

Además los integrantes de la Comisión aprobaron las reformas al artículo 7 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, a fin de establecer como atribución del Ministerio Público el iniciar de forma inmediata la investigación en los casos de denuncia o querella sobre desaparición de menores de edad, incapaces y personas mayores de 70 años.

Los Legisladores también aprobaron reformas a la Ley de la Defensoría Pública para hacer más efectiva la implementación del nuevo sistema de justicia penal.

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