Aprueban Ley para Fuerza Civil

El Congreso del Estado aprobó la creación de la Ley de la Institución Policial Estatal Fuerza Civil, que consta de 43 artículos permanentes y 2 transitorios.

Con la creación de dicha ley se regula la corporación Fuerza Civil, estableciéndose manuales y protocolos para sus elementos.

En las reformas a la Ley de Seguridad Pública destaca el apartado de escoltas, contemplado en los artículos 54, 55, 56 y 57, en los que se establece el período en el que los ex funcionarios pueden tener elementos para su seguridad cuando concluyan con su cargo, debido a que en la actualidad pueden ampliar el plazo de este servicio.

En el caso del Gobernador se establece un período de hasta seis años para que disponga de escoltas, mientras que para el Procurador de Justicia, Secretario General de Gobierno y los Alcaldes es hasta de tres años. En el caso de Magistrados será hasta por dos años.

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