La Sala Regional Monterrey decidió 82 juicios de inconformidad relacionados con elecciones de diputaciones y senadurías al Congreso de la Unión. En su amplia mayoría (68) determinó su desechamiento. Esto a partir de que, en 54 de ellos, contrario a la norma, lo impugnado en el caso de elecciones de Senadurías, no fue el cómputo de la entidad, sino los cómputos distritales, los cuales, para efectos de esa elección, no son actos conclusivos del resultado, sino actos intermedios o parciales, que al sumarse conforman el cómputo de la entidad, mismo que debió controvertirse, sin que ocurriera así. El criterio sostenido en estos asuntos, acorde a la predictibilidad de los precedentes, es similar al que se asumió en casos similares, tanto en las elecciones de 2018, como en el proceso electoral de 2021, por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.