Proponen endurecer delito de encubrimiento por receptación

Francisco CienfuegosLa Comisión de Justicia y Seguridad Pública planteó reformas al Código Penal para endurecer las sanciones en contra de quien venda, compre o resguarde artículos con reporte de robo en Nuevo León.

La reforma al artículo 411 del Código Penal en el Estado establece incrementar de 2 a 6 años de prisión y una multa de 50 a 300 cuotas para quienes adquieran un producto u artículo de procedencia ilícita, cuyo valor no exceda de 500 cuotas.

Cuando el valor sea superior a las 500 cuotas se impondrá de 5 a 10 años de cárcel y una multa de 300 a mil 500 cuotas. Cuando el o los instrumentos, objetos o productos de un delito se relacionan con el giro comercial del tenedor o receptor, si éste es comerciante, o sin serlo se encuentra en posesión de dos o más de los mismos, se tendrá por acreditado que existe conocimiento de que proviene o provienen de un ilícito, explico Francisco Cienfuegos, presidente de dicha comisión.

Las penas corresponden al delito culposo, cuando el o los instrumentos, objetos o productos de un delito, tengan un valor que no exceda de doscientas cuotas. Existen ciertos casos en el articulado vigente que no detalla en específico todos los casos del delito por encubrimiento.

“la intención es ampliar la tipificación para cubrir todos los delitos patrimoniales, como el caso del fraude, en el que una persona adquiera una propiedad por producto de un fraude, hoy en día aunque se pueda englobar en algún artículo del Código Penal, consideramos importante detallarlo», dijo el legislador.

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