
El diputado Ernesto Núñez Aguilar propuso aplicar de tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a quinientos pesos, cuando el delito de despojo sea cometido por hijas o hijos, en contra de su padre o madre; además, de uno a seis años de cárcel a los autores intelectuales y a quienes dirijan la invasión.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, plantea reformar el artículo 395 del Código Penal Federal para establecer también que dicha sanción (tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a quinientos pesos) se impondrá al que sin contar con el derecho o consentimiento de la persona habilitada para disponer de un bien inmueble, lo ocupe, apodere y haga uso de él.
Asimismo, pretende adicionar el artículo 372 Bis para estipular que cuando la o las víctimas de robo sean personas adultas mayores o personas vulnerables en razón de alguna discapacidad, cuya situación los coloque en un estado de indefensión, se incrementará hasta en un tercio de la pena que corresponda.
En la exposición de motivos, señala que el principal objetivo de la propuesta es que la pena se ajuste a la gravedad y trascendencia que para la sociedad tenga el hecho, según los grados de afectación y, sobre todo, que la norma se encuentre armonizada con la realidad que viven muchas personas en la vejez y con discapacidad.
Señala que, a pesar de que el despojo se encuentra sancionado por el Código Penal, combatirlo sigue siendo un reto, ya que se trata de un tema que afecta la seguridad y lesiona el patrimonio de las y los ciudadanos, así como su integridad física y, por supuesto, trae consigo desigualdad y pobreza.
Además, se debe estar atento a las posibles vulnerabilidades que enfrentan nuestros adultos mayores. El abuso financiero y la explotación son realidades que, lamentablemente, pueden afectar a quienes han dedicado su vida a cuidar de otros. Por eso, es fundamental estar alerta y actuar con prudencia, asegurando que sus derechos y bienes sean protegidos.
Enfatiza que los bienes muebles e inmuebles deben ser protegidos y en caso de que las personas sean despojadas o privados de ellos, las leyes deben sancionar el acto.