A través de un comunicado, la diputada del PT, Guadalupe Rodriguez, sugirió implementar
4 claves hacia la legalidad sobre el estatus en que el se encuentra el Congreso del Estado
Dijo que como paso uno,la Mesa Directiva se instala el 31 de agosto, inmediatamente después de la toma protesta, y antes de la constitución de grupos legislativos.
Bajo el Fundamento Artículos 33, 34 y 35 Ley Orgánica del Poder Legislativo. Artículos 4, 9 y 10 Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso:
“ARTICULO 10.- Otorgada la protesta a que se refiere el artículo anterior, por votación secreta y mediante cédula se procederá a la elección de la Directiva del Congreso, en los términos del Artículo 33 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.”
Así como la constitución de grupos legislativos se establece hasta la segunda sesión ordinaria, no el día de la toma de protesta con Fundamento Artículos 40, 41, 42, 43 y 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
ARTICULO 43.- Para crear un Grupo Legislativo es requisito esencial que lo integren Diputados de igual afiliación partidista o ser Diputado Independiente. Se tendrán por legalmente constituidos cuando presenten a la Directiva del Congreso los documentos siguientes …
ARTICULO 44.- Los Grupos Legislativos en la segunda sesión del Primer Período Ordinario de Sesiones del primer año de ejercicio constitucional, harán entrega de la documentación a la que se refiere el artículo anterior. El Presidente hará en su caso la declaratoria de quedar constituido el Grupo de que se trate. (…)
En la instalación de la Mesa Directiva del primer año, la presidencia será de la primera minoría de acuerdo al resultado electoral, bajo el Fundamento
Artículo 52 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo: ARTÍCULO 52.- La Directiva es el órgano de dirección del Pleno del Congreso. Es responsable de la conducción de las sesiones del Pleno del Poder Legislativo, tiene las atribuciones señaladas en la presente Ley y en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso. Se integra por un Presidente, que será el Presidente del Congreso, dos Vicepresidentes y dos Secretarios. La Presidencia del Congreso será rotativa entre los Grupos Legislativos, de acuerdo a su representación en el mismo. El primer año de ejercicio constitucional la ocupará un diputado del Grupo Legislativo que sea la primera minoría, el segundo año de ejercicio constitucional un diputado del Grupo Legislativo que sea de mayoría absoluta o de mayoría, y el tercer año de ejercicio constitucional será a propuesta de la Comisión de Coordinación y Régimen Interno. En cada caso, uno de los Vicepresidentes y uno de los Secretarios deberán pertenecer a Grupos Legislativos distintos al del diputado que ocupe la Presidencia. Los integrantes de la Directiva durarán un año en el cargo.
El Congreso es dinámico y puede reconfigurar sus grupos legislativos.
Pero no podemos avanzar si de origen persiste la ilegalidad.
Por lo que les recordó al resto de sus compañeros de curul qué bajo la signatura el Artículo 59 LOPL: los actos de los integrantes de la directiva, ejecutados en contra de la Ley serán nulos de pleno derecho.