La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León dio a conocer cinco recomendaciones en las que acredita detenciones ilegales e injustificadas a un periodista y a mujeres trans, uso excesivo de la fuerza en detención en domicilio sin orden judicial, así como también transgresión a derechos de persona privada de la libertad al ser trasladada de centro penitenciario, y violación al derecho de la seguridad de la población al poner en libertad a personas detenidas por irregularidades en la aplicación de la normativa.
Ante medios de comunicación, la presidenta de la CEDHNL, Sofía Velasco Becerra detalló que en la Recomendación 7/2018 se concluye que la Secretaría de Seguridad y Proximidad de Escobedo, incurrió en una arbitrariedad en contra de un periodista que ejercía su profesión, al utilizar la detención como medida de control preventivo bajo la figura de “desacato a la autoridad” debido a que había solicitado entrevistar a una persona que se encontraba detenida en las celdas de esta dependencia.
La CEDHNL señaló que asegurar el derecho de las y los periodistas a realizar su labor también implica la responsabilidad de crear un entorno en el que puedan prosperar los medios de información independientes y donde quienes ejercen el periodismo no corran peligro, de la misma forma en que lo establece Naciones Unidas al respecto.
En la Recomendación 8/2018 la CEDHNL observa actuación discriminatoria por identidad y expresión de género, por parte de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de Monterrey en contra de varias mujeres trans que fueron detenidas en diferentes hechos y sin justificación sobre el motivo de las detenciones, además se presentaron arbitrariedades como la demora en la presentación ante el Juez Calificador para la valoración de su situación jurídica, y violencia física en contra de una de ellas.
Dentro de las recomendaciones de este expediente, la CEDHNL solicita que se reembolsen las cantidades erogadas por las víctimas por concepto de multas para ser puestas en libertad, entre otros señalamientos de procedimientos de responsabilidad administrativa y capacitaciones.
La Recomendación 9/2018, dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública del estado resuelve el caso de una persona privada de la libertad en el Centro de Prevención y Reinserción Social de Topo Chico que fue traslada a otro estado del país, acto con el que fue transgredido el derecho al debido proceso, en relación con la seguridad jurídica, ya que no se solicitó el movimiento a la autoridad judicial responsable del caso.
Elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de Santa Catarina son señalados en los hechos violatorios de la Recomendación 10/2018, por transgredir el derecho a la intimidad, a la integridad personal y el uso excesivo de la fuerza en una detención en la que ingresaron al domicilio de la víctima sin orden o autorización para el allanamiento.
En este caso la CEDHNL solicita se proporcione el tratamiento médico necesario ya que las víctimas fueron afectadas en su integridad física, además del procedimiento de responsabilidad administrativa, que se dé vista a la Procuraduría General del Estado para que se inicie la carpeta de investigación respectiva.
En la Recomendación 11/2018 se señala violación al derecho a la seguridad jurídica en perjuicio de la sociedad por parte elementos de la Secretaría de Seguridad, Vialidad y Tránsito de Linares, que no cumplieron con las disposiciones normativas para la privación de la libertad de toda persona, y ante tal falta, una personas detenidas tras una denuncia anónima, tuvieron que ser liberadas por las irregularidades.
La CEDHNL solicita en todas las recomendaciones el inicio de procedimientos de responsabilidad administrativa correspondientes por las faltas y omisiones de los elementos de los ayuntamientos y dependencias mencionadas, así como también la capacitación de servidoras y servidores públicos.