El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral aprobó los lineamientos con los que llevará a cabo la distribución y asignación de diputaciones y regidurías de Representación Proporcional, en el Proceso Electoral 2017-2018, en sesión extraordinaria, este 6 de abril.
Respecto a la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, tendrá derecho a participar en la asignación de éstas, el partido que haya obtenido el porcentaje mínimo del 3 por ciento de la Votación Válida Emitida.
El organismo también estableció, que todo aquel partido que haya obtenido el 3 por ciento o 6 por ciento de la Votación Válida Emitida, tendrá derecho a 1 o 2 curules, según corresponda al porcentaje obtenido, conforme a la Ley Electoral del Estado.
Asimismo, que se determinará la votación efectiva que, conforme a la Ley, resulta de restar de la Votación Total, los votos emitidos para candidaturas no registradas y los votos nulos; deduciendo también los votos de los partidos que no obtuvieron el 3 por ciento de la Votación Válida Emitida y los votos expresados para candidaturas independientes.
Posteriormente, se fijará la votación efectiva restante y se obtendrá el cociente electoral, al dividir la votación efectiva restante entre el número de curules que aún falten por repartir, después de la operación de porcentaje mínimo.
Se dividirá la votación efectiva restante de cada partido político entre el cociente electoral, enseguida; y el resultado en números enteros representa el número de curules que corresponde distribuir a cada instituto político, por medio de esta operación.
Si después de aplicar la operación del cociente electoral aún quedaren curules por repartir, éstas se distribuirán por el resto mayor, siguiendo el orden decreciente de los restos de votos no utilizados.
Con base en lo anterior, el total de curules para cada partido corresponderá a la suma de curules obtenidas por las operaciones de porcentaje mínimo, así como por cociente electoral y resto mayor.
Asignación de diputaciones plurinominales
Una vez distribuidas las curules de mayoría relativa y representación proporcional, en cumplimiento a la Ley Electoral, la CEE asignará las candidaturas registradas en lista plurinominal.
Para establecer dichas candidaturas, el órgano electoral verificará resultados de mayoría relativa en distritos uninominales, para determinar el género que obtuvo menor número de escaños, de los 26 que se obtienen por esa vía.
Además, establecerá una prelación para la asignación por partidos, empezando por los que obtuvieron menor votación y así sucesivamente.
Con base en esa prelación, asignará las curules plurinominales o listas, de los que hayan obtenido una vez el porcentaje mínimo, y para ello se verificará el número de diferencia o brecha, que existe entre un género y otro en Mayoría Relativa. Éste será el número de escaños que se otorgará, en una primera asignación al género menos favorecido, siempre y cuando haya suficientes curules obtenidas por ese porcentaje mínimo.
Una vez agotados dichos lugares y de existir más partidos que hayan obtenido dicho porcentaje, se asignarán con alternancia de género, empezando nuevamente por el género menos favorecido.
Las asignaciones para aquellos partidos que consigan una segunda vez el porcentaje mínimo, se harán al género restante en la lista hasta agotar este método de asignación.
Para la asignación de las curules que corresponden a las y los candidatos que, no habiendo obtenido mayoría relativa en su distrito, hubieren obtenido el mayor porcentaje de votos en su distrito a favor de sus partidos, se considerará una alternancia al interior de cada uno de los partidos.
En coaliciones, se iniciará con el género menos favorecido de la sumatoria de las curules plurinominales a las que hayan accedido los partidos políticos integrantes de la coalición.
Distribución de regidurías por Representación Proporcional
Los porcentajes de votación de cada partido y candidatura independiente, se obtendrán con base en la Votación Válida Emitida, la cual es resultado del cómputo final de la elección para Ayuntamiento, a caro de la Comisión Municipal Electoral. De dicho resultado, la planilla que haya obtenido el porcentaje mínimo del 3 por ciento de la Votación Válida Emitida, tendrá derecho a participar a la asignación de regidurías por el principio de la representación proporcional.
De acuerdo a los resultados del cómputo total, se verificará si alguna planilla que no sea la de mayoría, obtuvo el 3 por ciento de la Votación Válida Emitida; y se asignará una regiduría a toda aquella planilla cuya votación contenga una vez el Porcentaje Mínimo. Así, la asignación es hasta el tope de regidurías por repartir, asignándose sólo a los que hayan obtenido el mayor número de votos.
Se asignarán tantas regidurías como número entero de veces incluya su votación al cociente electoral, y todas las regidurías que corresponda a cada planilla, en orden decreciente de la votación restante.
Aprueban Plataformas Electorales del PRI y PES
En la misma sesión, el organismo avaló el registro de las Plataformas Electorales presentadas por el Partido Revolucionario Institucional, para las elecciones a Diputaciones locales y para integrar 38 Ayuntamientos, en el proceso electoral 2017-2018.
Cabe mencionar, que el PRI va coaligado con el PVEM en la Coalición flexible “Ciudadanos Por México”, en 13 Ayuntamientos: Abasolo, Cadereyta, Dr. González, El Carmen, Guadalupe, Hidalgo, Juárez, Lampazos de Naranjo, Los Aldamas, Los Ramones, Mier y Noriega, Salinas Victoria y Villaldama.
Así también, aprobó el registro de la Plataforma Electoral presentada por el Partido Encuentro Social, para las elecciones a Diputaciones locales por el Décimo Noveno Distrito Electoral y para integrar el Ayuntamiento de Melchor Ocampo, en el proceso electoral 2017-2018.
El PES, va coaligado con el Partido del Trabajo y Morena, en la Coalición parcial “Juntos Haremos Historia”, en 25 diputaciones y 50 Ayuntamientos.