Para persuadir a los conductores de no combinar el volante con el alcohol y, al mismo tiempo, proteger a menores de edad que pierdan a sus padres en un accidente vial protagonizado por un conductor intoxicado, el Grupo Legislativo del PRI, presentó iniciativa de reforma al Código Penal del Estado.
Las Diputadas Lorena de la Garza y Perla Villarreal, acompañadas de su homóloga Ana González, entregaron el documento en la Oficialía de Partes.
“Estamos entregando esta iniciativa que pretende velar por el futuro de los menores, cuyos padres pierdan la vida a causa de un accidente automovilístico por algún conductor en estado de ebriedad; es por ello que solicitamos la manutención de los hijos ante la pérdida, hasta que cumplan con la mayoría de edad, ya que no son capaces de valerse por sí mismos”, explicó De la Garza.
“Por lo que esta reforma coadyuvará a que estén protegidos los menores de edad con una pensión que determinaría el juez; como madre de familia y legisladora considero importante velar por lo que sucede después de una tragedia automovilística”, insistió.
Por su parte, Villarreal alertó que las estadísticas nacionales arrojan que al año mueren por accidentes automovilísticos 17 mil 500 personas y las causas principales de estos percances son el exceso de velocidad y, lamentablemente, en muchos casos está involucrado el alcohol.
De tal manera, agregó, resulta importante tomar medidas legales para persuadir a los conductores a evitar la ingesta de alcohol durante el tiempo que tenga que conducir un vehículo.
“Estoy convencida de que la concientización sobre la cultura vial puede reducir los factores de riesgo clave, como el exceso de velocidad, beber y conducir, por lo que tenemos que velar por los menores que quedan huérfanos y tratar de apoyarlos en este tipo de situaciones”, señaló Villarreal.
La iniciativa contempla reforma a las fracciones IV y V, y se adiciona una fracción VI al artículo 143 del Código Penal del Estado.
Con ello, la reparación del daño contemplaría que “en el caso de quien conduciendo un vehículo en estado de voluntaria intoxicación y provoque la muerte de una o varias personas, comprenderán el pago de los alimentos conforme a lo establecido en el artículo 308 del Código Civil para el estado de Nuevo León, a las hijas e hijos de las víctimas menores de edad; el órgano jurisdiccional según las circunstancias, fijará la manera de ministrar los alimentos”.