Aprueban modificar Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo

  • Se incorpora a la Ley el concepto de aviso electrónico y Boletín Judicial como medio de notificación a las partes.
  • El dictamen pretende reducir en un 50 por ciento el tiempo de tramitación de dicho procedimiento, haciendo uso de las herramientas electrónicas.

El Senado de la República aprobó diversas modificaciones a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a fin de acelerar dicho proceso mediante el uso de los medios electrónicos para la notificación de la actuación de las partes, a través del Boletín Jurisdiccional o aviso previo enviado por correo electrónico.

El dictamen, avalado por 74 votos a favor, plantea definir la suspensión de medidas cautelares y de suspensión y reducir los plazos para cada fase del procedimiento contencioso administrativo en la vía ordinaria.  Además, otorgar a la autoridad el plazo de un mes para cumplimentar los fallos emitidos por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa en la vía sumaria y cuatro meses para acatar las resoluciones dictadas en la vía ordinaria.

El documento prevé fijar la procedencia de un nuevo juicio en aquellos casos en que se planteen cuestiones novedosas que no fueron materia de la sentencia, quedando excluido cualquier otro supuesto; tratándose de la resolución de contradicciones de sentencias, fijar el quórum mínimo de Magistrados en siete y no diez como actualmente sucede.

Facultar a los magistrados para imponer multas en caso de que las partes utilicen lenguaje inapropiado para referirse a sus contrapartes o al personal jurisdiccional; o bien, interpongan promociones, incidentes o recursos que sean notoriamente frívolos e improcedentes.

 El presidente de la Comisión de Justicia, José Francisco Yunes Márquez, explicó que los cambios están encaminados consolidar la simplificación del juicio contencioso administrativo para reducir en un 50 por ciento el tiempo de tramitación de dicho procedimiento por medio de herramientas electrónicas.

 También, se garantiza el principio de tutela judicial efectiva, se distingue las medidas cautelares y de suspensión,  ampliación de procedimiento de procedencia de la vía sumaria, la flexibilización del ejercicio de la facultad de atracción de la Sala Superior, así como la homologación y reducción de los plazos de la demanda y su contestación.

 Con ello, se mejora el desahogo de la prueba pericial, la eliminación de trámites innecesarios como acuerdo de cierre de instrucción, la imposición de multas de promociones notoriamente improcedentes y la reducción de requisitos para el juicio en línea.

La senadora del PRD, Angélica De la Peña Gómez dijo que este dictamen es fundamental, ya que realiza la reducción y homologación de los plazos en la vía ordinaria, a fin de abatir el rezago de asuntos en proceso y combatir la tardanza que por mala fe provocan algunos operadores jurídicos en detrimento de sus representados.

 Por su parte, el senador del PRI, Enrique Burgos García manifestó que los cambios propuestos implican la adopción de medidas adicionales que simplifican el juicio contencioso administrativo y garantizan el principio de tutela judicial efectiva para que la solución de conflictos se lleve a cabo en plazos razonables.

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