Con el fin de hacer frente a la violencia política en contra de las mujeres, diputados locales aprobaron reformar Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León. El diputado, Félix Rocha, explicó en sesión extraordinaria, que se efectúo una reforma al artículo 57 de dicha Ley : la violencia política contra las mujeres por razón de género comprende todas aquellas acciones u omisiones tanto en la esfera pública o privada, que busquen o tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio de los derechos político electorales de una o varias mujeres, el acceso al ejercicio de un cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización o bien el acceso y ejercicio a las prerrogativas cuando se trate de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
Artículo Único. Se reforma el artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, para quedar como sigue: Artículo 57. Incurrirá en abuso de funciones el servidor público que ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para sí o para las personas a las que se refiere el artículo 52 de esta Ley o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público; así como cuando realice por sí o a través de un tercero, alguna de las conductas descritas en la fracción VI del artículo 6, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.