El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral resolvió en sesión extraordinaria de este 12 enero, la reposición de registros ciudadanos relacionados con la muestra de Consultas Populares; cumplió con una sentencia del Tribunal Electoral del Estado; solventó dos medios de impugnación y dos Procedimientos Ordinarios Sancionadores.
Asimismo, retiró el punto 4 del orden del día, relativo a la solicitud de registro del convenio de la coalición flexible «Ciudadanos Por México», integrada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, para postular candidaturas en la elección de ayuntamientos; con la finalidad de estudiarlo con mayor claridad, y retomarlo en la siguiente sesión del organismo.
Número de reposiciones de registros ciudadanos
En la misma sesión, el organismo electoral aprobó reponer mil 309 registros ciudadanos, considerando los que están en el supuesto de ausencia; relacionados con el ejercicio muestral de las 4 peticiones de Consulta Popular existentes; y también el procedimiento a seguir para la selección de las personas que se visitará en su domicilio, para corroborar la autenticidad del apoyo.
Cumplen con sentencia del TEE JDC-053/2017
En cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Estado, sobre el Juicio para la protección de derechos político electorales, la CEE respondió a Roberto Generoso Garza Frías; negando la prórroga de 10 días que pidió, para presentar solicitud de intención como aspirante a candidato independiente de Diputado local por el Sexto Distrito; así como también su petición de suprimir la obligación de crear una asociación civil, la designación de un candidato suplente, la reducción en un tercio de la cantidad de apoyos requeridos y la obligatoriedad de las secciones requeridas.
Resuelven medios de impugnación RRC-01/2018 y RRC-02/2018
La CEE acordó declarar improcedentes los medios de impugnación interpuestos por Javier Francisco González Estrada (RRC-01/2018); y Alejandro Flores Peña (RRC-02/2018); interpuestos el 8 de enero de 2018; en contra del Acuerdo CEE/CG/03/2018, relacionado con la integración de las Comisiones Municipales Electorales del Estado.
Con el fin de salvaguardar los derechos de acceso a la justicia de los ciudadanos, la Comisión ordenó la remisión de estos medios al TEE, para que disponga lo conducente en relación a éstos.
Procedimiento Ordinario Sancionador POS-001/2018
En otro punto visto en la misma Sesión, el órgano electoral resolvió declarar improcedente y desechar la denuncia presentada por Juan Manqueros Barrios, el 9 de enero pasado, en contra de Patricia Valtierra Flores y Juan José Páez Hernández, dentro del Procedimiento Ordinario Sancionador POS-001/2018; y ordenó su remisión al TEE, para que disponga lo conducente.
El denunciante señala que la CEE aprobó el registro de dicha ciudadana como aspirante a candidata independiente a segunda regidora propietaria de la planilla encabezada por Juan José Páez Hernández, como Presidente Municipal de Dr. González; y que Valtierra Flores se pretende postular sin haber dejado de estar afiliada al PRI; lo que considera viola la ley vinculada con candidaturas independientes, y desde su perspectiva, la y el denunciado deben sancionarse.
El organismo desechó la denuncia por considerar que el supuesto ilícito señalado por el denunciante, no se establece en la ley, lo que resulta improcedente para sancionar a los denunciados. Y para proteger los derechos de acceso a la justicia de Páez Hernández, ordenó la remisión de dicho medio al Tribual Electoral del Estado.
Procedimiento Ordinario Sancionador POS-004/2017
Al resolver el último punto visto en la sesión, el Consejo General declaró inexistentes las conductas atribuidas a María Teresa Martínez Galván y Alejandro Medrano García; relacionadas con uso indebido de recursos públicos, y actividades de proselitismo o difusión de propaganda, antes del inicio de las precampañas, las cuales se celebran del 3 de enero al 11 de febrero de 2018.
Lo anterior, relativo al Procedimiento Ordinario Sancionador POS-004/2017, promovido por el ciudadano Julio Cesar Salas Fernández, en contra María Teresa Martínez Galván y Alejandro Medrano García; en su carácter de Regidor Independiente de Santa Catarina.
En su denuncia del pasado 11 de septiembre, Salas Fernández señala que existe evidencia pública, de notas periodísticas, en la que, la y el denunciado, manifiestan su intención de contender como candidata a la alcaldía de Santa Catarina; y como candidato a Diputado Local por el Décimo Noveno Distrito Electoral; por lo que considera realizan proselitismo electoral en forma anticipada a los tiempos legales de campaña y precampaña, y utilizan recursos públicos del aparato gubernamental.
Después del análisis del caso, el Consejo General consideró que no está demostrado que los denunciados hayan utilizado recursos públicos para su promoción personal y que los elementos de prueba que obran en el expediente, no acreditan que los denunciados hayan utilizado recursos públicos para su promoción personal.