Aprueban modificaciones a Ley del Registro Civil y al Código Civil

Con la finalidad de erradicar el problema que padecen los hijos de mexicanos nacidos en el extranjero, respecto a  las actas de nacimiento en Estados Unidos, el Congreso del Estado aprobó que los Oficiales del Registro Civil puedan incluir en las actas de nacimiento el apellido paterno y materno.

El expediente legislativo Número 10893/LXXIV el cual contiene escrito presentado por el Diputado José Luis Garza Ochoa, mediante el cual presenta Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 37 de la Ley del Registro Civil para el Estado de Nuevo León, así como al artículo 52 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, fue presentado por el Diputado Héctor García.

En tribuna, el Legislador Héctor García expresó que un problema que se ha venido dando es el relacionado a los hijos de Mexicanos Nacidos en el Extranjero, ya que las actas de nacimiento en Estados Unidos de Norteamérica, se levantan solo con el nombre y apellido paterno omitiendo el apellido de la madre, a pesar de que el apellido aparece en dicha acta, generando con lo anterior, un problema futuro para ese menor al momento de querer celebrar actos jurídicos o simplemente realizar algún tipo de trámite administrativo.

“En el caso de las actas de inscripción de nacimiento en el extranjero se podrá desprender el apellido materno a petición de parte; el Oficial del Registro Civil estará obligado a hacer del conocimiento del interesado la presente disposición y en su caso si la parte interesada lo solicita, podrá incluir tanto el apellido paterno como el materno en el acta correspondiente”, indica el decreto del dictamen.

“Para acreditar el estado civil adquirido por los mexicanos fuera de la República, bastarán las constancias que los interesados presenten de los actos relativos, sujetándose a lo previsto en las Leyes Federales en cuanto a su legalización, debiendo inscribirse en la Oficialía de la adscripción de su domicilio”.

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