El Ayuntamiento regiomontano aprobó hoy en Sesión Ordinaria de Cabildo los Lineamientos Generales para la No Discriminación, Aplicable a Los Servidores Públicos del Municipio de Monterrey.
El dictamen presentado por el regidor Sergio Cavazos, Presidente de la Comisión de Grupos Vulnerables; en él se detalla los lineamientos que los servidores públicos regios deberán seguir para brindar servicios de calidez y calidad a la población.
Este texto indica también que de no apegarse a ellos podrán ser denunciados ante la Secretaría de la Contraloría y ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
“Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
“Todos estamos obligados a respetar los derechos humanos de las demás personas. Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes tienen mayor responsabilidad en este sentido son las autoridades gubernamentales, es decir, los hombres y mujeres que ejercen la función de servidores públicos”, señala el texto.
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA NO DISCRIMINACIÓN, APLICABLE A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE MONTERREY:
1.- El servidor público del Municipio de Monterrey tienen la obligación de proteger los Derechos Humanos, en particular la No discriminación, por lo que el trato hacia el ciudadano deberá realizarse sin distinción por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra, estas condiciones no pueden ser motivo de ventaja o desventaja legal, administrativa o judicial para los individuos.
2.- El Servidor Público del Municipio de Monterrey deberá contribuir al desarrollo integral de la persona y se encargará de proteger contra los abusos de las autoridades, municipales y de particulares, con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o trato desigual por simple desconocimiento de la función.
3.- El Servidos Público del Municipio de Monterrey mantendrá un trato cordial en su área de trabajo para con sus compañeros servidores públicos, sin importar el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra.
4.- El Servidor Público del Municipio de Monterrey actuará con igualdad e imparcialidad en los actos y las decisiones que desarrollan en el servicio público, procurando que dichos actos se sujeten al principio de igualdad. La negación de un servicio público debido, será motivo de sanción conforme a las leyes vigentes.
5.- El Servidor Público del Municipio de Monterrey deberá tratar a los compañeros (as) con respeto, inclusión e igualdad a fin de NO atentar contra la dignidad de la persona, sus derechos, libertades, creencias y preferencias.
6.- El Servidor Público del Municipio de Monterrey deberá informar a su superior jerárquico cuando conozca de los actos que denigren o violenten los derechos humanos y la NO discriminación fomentando un trato cordial y respetuoso en las oficinas.
7.- El Servidor Público del Municipio de Monterrey acudirá a cursos que se organicen para mantenerse informado de los mecanismos de NO discriminación conforme a la Ley, impulsando así la cultura del respeto al Estado del Derecho.