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Aprueban reformas a la Ley de Bienestar Animal

Clave20 mayo 27, 2025 3 minutes read

 

 

En Sesión Ordinaria, el Congreso del Estado aprobó un paquete de reformas a la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León.

 

El dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable fue presentado en Tribuna por el Diputado Mario Salinas.

 

Entre las reformas que se aprobaron es implementar anualmente programas específicos para difundir la cultura y las conductas de trato adecuado y respetuoso a los animales. En dichos programas se deberán contemplan actividades preferentemente para llevarse a cabo mensualmente.

 

Que todos los establecimientos que se declaren amigablea con los animales de compañía, permitiendo su ingreso bajo condiciones que aseguren un trato respetuoso y digno.

 

Además, se aprobó educar y capacitar en materia de protección y bienestar animal, al personal encargado de la procuración e impartición de justicia, policías estatales, municipales y demás servidores públicos encargados de las políticas de prevención, atención y sanción de la violencia contra los animales.

 

La creación, acondicionamiento y operación de espacios públicos exclusivos y apropiados para la recreación y convivencia con animales de compañía, estos contarán con la infraestructura adecuada y con instalación de contenedores de basura, acceso a agua potable, y las demás especificaciones que señale el reglamento de la materia.

 

También que todos los animales rescatados de la calle, por parte de los Centros de Atención, Protección y Bienestar Animal, que sean entregados en custodia temporal o definitiva por una autoridad, o que sean donados por un particular por su incapacidad manifiesta o comprobada para cuidarlo, y por cualquier otra situación similar donde un animal no cuente con un hogar y propietario definitivo, podrán entregarse a las organizaciones civiles que así lo soliciten y que cuenten con un convenio suscrito para tal efecto con la Secretaría.

 

Y que los responsables de los Centros de Atención, Protección y Bienestar Animal deberán ser Médicos Veterinarios Zootecnistas con cédula profesional vigente y no haber sido sancionados por ejercer algún tipo de maltrato o crueldad animal, lo cual acreditarán a través de la constancia emitida por la Secretaría en los términos de la fracción III del artículo 11 de esta Ley.

 

El dictamen fue aprobado por unanimidad por los legisladores.

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