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Proponen facultar al Congreso para expedir Ley General de Imagen Institucional del Estado Mexicano

Clave20 octubre 2, 2022 3 minutes read

La diputada Julieta Mejía Ibáñez, a través de la diputada Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz, ambas de MC, presentó una iniciativa de reforma constitucional, con el objeto de facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Imagen Institucional del Estado Mexicano.

 

Las modificaciones a los artículos 73 y 134 de la Carta Magna precisan que dicha legislación establecerá los principios y bases de la imagen institucional, la cual no podrá utilizar colores alusivos o vinculados a los partidos políticos.

 

Será de orden público y de observancia general en los tres órdenes de gobierno y tiene por objeto fijar las bases para el uso de colores, imágenes y elementos de identidad en los bienes muebles e inmuebles destinados al servicio público.

 

Precisa que la imagen de todos los entes públicos deberá contener los colores institucionales, las entidades federativas utilizar el nombre y escudo regulado en las leyes estatales que correspondan, y los municipios el nombre y escudo regulado en los Bandos de Policía y Buen Gobierno.

 

Además, los entes públicos no podrán sustituir, modificar o eliminar elementos que identifican bienes muebles o inmuebles de su propiedad cuando exista un cambio de administración.

 

La inciativa, que también reforma el artículo 64 Quater a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, señala que incurrirá en uso indebido de la imagen institucional el o la servidora pública que altere o modifique esa imagen en bienes muebles e inmuebles del ente público debido a un cambio de administración.

 

Agrega que en el diseño de los sitios web, deberá utilizarse los colores institucionales o aquellos que no puedan ser vinculados a persona alguna o partidos políticos, nacionales o estatales, y se deberá prescindir de acciones de promoción de éstos o de funcionarios públicos.

 

​En la argumentación, se indica que el cambio de colores de identidad, logotipo e imagotipo dentro de los tres órdenes de gobierno, de los tres Poderes de la Unión, así como de los órganos constitucionales autónomos, deben cumplir lo establecido en el artículo 134 de la Constitución, a fin de que los recursos públicos se ejerzan de manera imparcial para no incidir en las contiendas electorales.

 

Puntualiza que el Estado mexicano no es patrimonio de ningún partido político, por lo que la presente iniciativa no plantea ningún impacto presupuestario dentro de las finanzas públicas; al contrario, genera un gran ahorro y contribuirá a garantizar que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y, por supuesto, honradez.

 

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen en la parte correspondiente, y a las comisiones unidas de Gobernación y de Población y Transparencia y Anticorrupción.

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