Detallan Homologación de Reglamento
Con miras a contar con sus propias características estableciendo nuevos lineamientos en Transporte de Carga Pesada, Fotomulta, Dispositivos Móviles y uso de portabebés, alcaldes del área metropolitana detallaron los avances que llevan sobre la homologación del Reglamento de Tránsito, el cual constará de 194 artículos y 17 capítulos, y entrará en vigor en un periodo de 5 meses aproximadamente, una vez que este al 100 % publicado en el Periódico Oficial del Estado. 60 días promoción y difusión de las nuevas medidas; 30 días para la aplicación de multas con el 50% de descuento en lo que se adaptan tanto los conductores como los empresarios en la aplicación de este nuevo reglamento. Se dijo durante la reunión que la intención es poner ordenar y mejorar la cultura vial de los ciudadanos previniendo accidentes, se incluye lo relacionado a la circulación diaria de ciudadanos, transportes de carga pesada, implementación de dispositivos tecnológicos, creación de un observatorio ciudadano, la obligatoriedad de la retención infantil, las velocidades permitidas, entre otros. Algunos de los puntos que conforman el Reglamento son: TRANSPORTE DE CARGA PESADA: Se disminuyó la capacidad de carga mayor de 5 toneladas a 3.5 toneladas de peso. En cuanto a la longitud, ésta se encontraba en 7 metros y actualmente fue disminuida a 6.5 metros. La prohibición estricta de la circulación de vehículos de transporte de carga pesada con tractor doblemente articulado. Existen vialidades limitadas en las cuales podrán circular en el horario comprendido de entre las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente. Existen vialidades restringidas en las cuales no se permitirá la circulación en ningún horario. Existen vialidades libres en las cuales los municipios dejan la libre circulación. OBSERVATORIO CIUDADANO: Municipio contará con un observatorio ciudadano conformado por representantes de la sociedad civil y de organismos académicos, cuya función será coadyuvar en la vigilancia del presente Reglamento. Este observatorio será un centro de reflexión, producción de datos, información y conocimiento orientado a apoyar en la toma de decisiones, acciones y políticas sobre seguridad vial, comportamiento ciudadano y movilidad urbana en los distintos municipios. DISPOSITIVOS TECNOLÓGICOS: Se establece potestativamente que los policías de tránsito cuenten con dispositivos electrónicos que les permitan no solo imponer la multa, sino que el conductor que cometió una infracción la pague en ese momento. El infractor tendrá un plazo de 30 días para realizar su pago, al igual que en las boletas emitidas de forma tradicional. Al realizar el pago de la infracción de manera inmediata, se tendrá derecho a un descuento de un 50% del monto de la misma, con algunas excepciones. FOTO MULTA: Las foto multas consisten en la detección de infracciones a través de cámaras que recopilan videos, fotografías y datos. Las cámaras captan la infracción y con esas evidencias se elabora una boleta de infracción, que es verificada y firmada por la autoridad vial competente y que posteriormente, es enviada junto con las evidencias fotográficas al domicilio del propietario quedando éste notificado. Las boletas de infracción captadas a través de dispositivos tecnológicos deberán contener para su validez, como mínimo: 1. Fundamentación y motivación de la infracción; 2. Nombre y Clave del dispositivo que captó la infracción; 3. Fotografía o registro con el que se demuestre la conducta infractora; y, 4. Nombre y firma electrónica o digitalizada de la autoridad vial RETENCIÓN INFANTIL: Los sistemas de retención infantil, en cada una de sus diferentes modalidades, son la mejor protección que puede llevar un pequeño cuando circulan a bordo de un vehículo. Se ordena que los menores de 7 años deben sentarse en aparatos de retención infantil, los cuales varían de acuerdo a la edad y peso del menor, se establece plazo para el cumplimiento y se incluye un anexo donde se mencionan. VELOCIDADES PERMITIDAS: Zona escolar: 30 kilómetros por hora, dichos horarios serán de 7:00 a 9:30, de 11:30 a 14:30 y 16:30 a 18:30 horas, en días hábiles escolares. Frente a hospitales, parques infantiles y lugares de recreo, y ante concentraciones de peatones: 30 kilómetros por hora. Transporte escolar: 30 kilómetros por hora. (SE DISMINUYÓ DE 50 k/h A 30 k/h) Carga pesada: 50 kilómetros por hora. Zona Urbana: 50 kilómetros por hora. PEATONES Y CICLISTAS: Las obligaciones y prohibiciones para los peatones y ciclistas que anteriormente no se preveían con la finalidad de que se respeten las normas y se les tome en cuenta. PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO: Durante el proceso conciliatorio, derivado de hechos de tránsito donde solo se hayan causado daños materiales, se citará a las partes involucradas en un máximo de dos ocasiones, a fin de que tenga verificativo la audiencia de conciliación; de no celebrarse dicha audiencia por la incomparecencia de una de las partes, se suspenderá el procedimiento conciliatorio, y los interesados podrán acudir ante la autoridad competente a ejercitar la acción legal que corresponda. TRANSITORIOS: Entrada en vigor: 60 días siguientes al de su Publicación. uso obligatorio de los aparatos de retención infantil: 60 días naturales a la entrada en vigor. Gradualidad: De Difusión Vial y de Promoción de Rutas: Esta etapa tendrá una duración de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento; Preventiva e Informativa: que advierte la aplicación de amonestaciones a conductores infractores por un período de 60 días naturales contados a partir de la conclusión de la campaña de difusión vial y de promoción de rutas; Correctiva: una vez concluida la etapa Preventiva e Informativa y por espacio de 30 días naturales, la aplicación de la multa tendrá un descuento único del 50% si ésta es pagada durante los 15 días naturales siguientes a la aplicación de dicha multa. Share